En los ambientes laborales las relaciones
no siempre son perfectas, por eso existen procedimientos para sancionar
el abuso de poder de los empleadores, el maltrato y la presión
injustificada hacia el trabajador.
En el país ha habido sonados casos como
el de Juan Carlos Forero en 2007, quien se suicidó aparentemente por el
constante acoso laboral al que fue sometido en la empresa en la que
trabajaba.
Por casos así es que se reguló de manera
más completa todo lo relacionado con el acoso laboral, para prevenir y
sancionar a quienes atenten contra la dignidad de los colaboradores en
el trabajo.
El Decreto 652 de 2012, determinó como
obligatorio el establecimiento de los Comités de Convivencia, para
solucionar de manera rápida los inconvenientes laborales dentro de
empresas privadas, como en entidades públicas.
El acoso laboral en la legislación colombiana, está regulado en la
Ley 1010 de 2006. En ella se definen los hechos que representan acoso
laboral para prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de
agresión, maltrato, trato desconsiderado, ofensivo y cualquier hecho que
ultraje a la dignidad humana de los trabajadores.
En el contexto de una relación laboral,
ya sea en una entidad pública o privada, cualquier tipo de presión sobre
el trabajador debe ser sancionada. Hechos como hacerlo quedar luego del
horario establecido en el contrato laboral, amenazarlo con despedirlo
sin justificación y presionarlo constantemente sin razón son
considerados como acoso laboral.
Según el abogado laboralista Pablo
Antonio Méndez, hay varias modalidades de bullying. Limitaciones al
derecho de asociación, la imposición de labores diferentes a las
pactadas inicialmente para aburrir al trabajador, perseguir a los
empleados sindicalizados, y hasta presionar a los discapacitados para
que renuncien, también son hechos considerados como acoso laboral.
¿Qué hacer cuando suceden situaciones así?
Respecto de la manera como se pueden exigir los derechos de los trabajadores, Méndez argumenta que en la ley solo se habla del contrato laboral, dejando de esta manera con menos herramientas legales a los prestadores de servicios.
Respecto de la manera como se pueden exigir los derechos de los trabajadores, Méndez argumenta que en la ley solo se habla del contrato laboral, dejando de esta manera con menos herramientas legales a los prestadores de servicios.
Sin embargo cuando la situación no se
logra resolver en los Comités de Convivencia Laboral, se puede acudir
ante el Ministerio del Trabajo, que toma decisiones administrativas, o
finalmente demandar ante la justicia laboral.
Cuando hay perjuicios por acoso laboral
se pueden instaurar demandas civiles para reclamar una indemnización por
responsabilidad civil extra contractual. En los casos más graves se
pueden dar hasta denuncios penales. Si se trata de empleados del sector
público se aplica el Código Único Disciplinario.
Los empleados tienen derechos y deberes,
pero cuando se busca reclamar derechos, recuerde que lo más importante
es tener las pruebas que demuestren la conducta que vulneró la dignidad
humana del trabajador. Los testimonios si bien son importantes, son más
contundentes las grabaciones y los vídeos.
Lo mejor para tener un ambiente laboral
adecuado es conocer el reglamento de trabajo, respetarlo y buscar
siempre los arreglos amistosos para evitar llegar a las instancias
judiciales.
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